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NORMAS GENERALES DE PARTICIPACIÓN
1. Definiciones
1.1. En las presentes Normas de Participación, el término “Certamen” se refiere a
la manifestación ferial. El término “Expositor” incluye cualquier persona
física o jurídica que cuente con espacio en el certamen. El término
“Organización” representa a la Ediciones Peldaño, S. A. y a Feria de
Zaragoza, organizadora del certamen y proveedora de servicios
respectivamente. El término “Recinto Ferial” hace referencia al recinto donde
tiene lugar el Certamen.
1.2. Todos los expositores, por el mero hecho de su inscripción en el
Certamen, aceptan las presentes Normas de Participación y las disposiciones
de la Dirección.
2. CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN
2.1. Participación
Podrán solicitar su participación en el Certamen todas aquellas personas
físicas o jurídicas cuyas actividades industriales o comerciales se consideren
incluidas en los sectores y productos objeto de la manifestación.
Ediciones Peldaño, S. A., se reserva, en todo caso, el derecho de admisión de
los expositores.
2.2. Solicitud de participación
Las solicitudes de espacio deberán formalizarse a través del modelo oficial del
Certamen, ajustándose a las formas de pago que figuran en el
correspondiente formulario de Solicitud de Participación.
En el caso de no pagar en los plazos establecidos, el expositor perderá todos
los derechos sobre el espacio reservado, pasando dicho espacio a disposición
de la Organización, que podrá ofertarlo a otras empresas.
Si el expositor hubiese realizado cualquier pago a cuenta, los importes
correspondientes quedarán en poder de Ediciones Peldaño, S. A., en
concepto de indemnización por los perjuicios causados.
En todo caso, salvo casos excepcionales aceptados por la Organización, no se
autorizará la ocupación de espacio de exposición que no haya sido abonado
en su totalidad. Tampoco se procederá al montaje de stands sin que se haya
cumplido el mencionado requisito.
2.3. Forma de pago
Los abonos se realizarán mediante:
.
. • Cheque de cuenta corriente, conformado por una entidad
bancaria.
. • Cheque bancario.
. • Transferencia bancaria a favor de Ediciones Peldaño, S. A.
En este último caso la Organización se reserva el derecho de prohibir la
retirada de mobiliario, objetos e instalaciones fuera del Recinto Ferial en
tanto no se haya hecho efectiva la transferencia.
2.4. Aceptación de participación
La aceptación definitiva de participación queda reservada a la Organización,
que podrá rechazar aquellas solicitudes que, a su criterio, no se ajusten a las
finalidades del Certamen. Si la solicitud no pudiera ser admitida por la razón
expuesta, la Organización procederá a la devolución de las cantidades ya
ingresadas.
La admisión de solicitudes quedará cerrada en el momento en que no queden
espacios comerciales disponibles para el montaje de stands.
2.5. Acuse de recibo
La Organización acusará recibo de las solicitudes de espacio recibidas junto
con el correspondiente ingreso. En dicho momento el documento de solicitud
de espacio se constituirá en contrato entre el solicitante y la Institución.
2.6. Adjudicación de espacios
Una vez efectuada, en su caso, la sectorización del certamen, la adjudicación
de espacios se realizará para cada sector teniendo en cuenta el interés del
producto a exponer por orden de fecha de entrada de la solicitud
cumplimentada con el pago correspondiente.
La Organización se reserva el derecho, por razones técnicas, de modificar la
ubicación de las empresas o la forma de los espacios.
2.7. Pago de servicios
Las tarifas correspondientes a los servicios prestados al expositor serán
abonadas a la presentación de los cargos, antes de retirar del Recinto
mercancías, bienes o instalaciones.
La anulación de un servicio solicitado, obligará al pago del 25 por ciento de la
correspondiente tarifa.
2.8. Anulaciones, modificaciones y reducciones de espacio.
Los espacios contratados son indivisibles, estando prohibida la cesión a un
tercero de parte o la totalidad del mismo.
Si después de la adjudicación de espacios, el expositor solicita una reducción
del mismo, perderá la ubicación inicialmente adjudicada, pudiendo optar a
una nueva entre los espacios libres disponibles.
La renuncia del expositor a su participación es motivo de pérdida de la
cantidad adelantada.
Si una vez aceptada la adjudicación del espacio, el expositor si renuncia a su
participación:
Hasta 40 días antes del comienzo del salón: reembolso del 50% del importe
del espacio
Menos de 40 días antes del comienzo del salón: no se reembolsará el
importe del espacio
en ningún caso la cuota de participación podrá ser reembolsada
Asimismo, en el supuesto de que, al proceder a la ocupación del espacio
contratado, la firma expositora decidiese ocupar menos superficie de la que
consta en la solicitud-contrato, ésta estará obligada al pago de la totalidad del
espacio efectivamente contratado.
2.9. Cesión de derechos
En ningún caso podrá el expositor ceder a terceros parte o la totalidad de los
derechos sobre el espacio que le corresponda, salvo autorización de la
Organización en el caso de stands colectivos.
2.10. Catálogo del certamen
La Organización publicará un Catálogo Oficial que contendrá la relación de
todos los expositores.
2.11. Accesos
El acceso de expositores, visitantes y la entrada de mercancías se realizará
por las puertas que señale la Organización en las fechas y horas indicadas en
cada certamen.
2.12. Horarios
El horario de cada día del Certamen será el que señale la Organización.
Queda prohibida la permanencia de público en el Recinto fuera de las horas
marcadas al efecto.
Queda exceptuado el personal del expositor, debidamente acreditado, que
podrá entrar en el Recinto media hora antes de su apertura al público y
podrá permanecer en el mismo hasta media hora después de su cierre.
En casos excepcionales la Organización podrá prorrogar estos plazos.
2.13. Nivel de sonido
Queda prohibido el uso de altavoces o aparatos de sonido cuando puedan
molestar a otros expositores. En cualquier caso el volumen de sonido no
podrá sobrepasar el nivel de 60 decibelios. Si fuera preciso, la Organización
se reserva el derecho de desconectar el suministro de energía eléctrica al
expositor que no respete lo establecido.
2.14. Fotografías y filmaciones
Será preciso contar con la autorización de la Organización para obtener
fotografías y filmaciones del recinto. No obstante el expositor podrá
obtenerlas libremente de los elementos pertenecientes en exclusiva a su
propio stand.
En todo caso, la Organización se reserva el derecho de fotografiar, dibujar o
filmar las instalaciones de los productos expuestos, para introducirlos en sus
publicaciones y folletos o en cualquier otro medio escrito, audiovisual o
informático por el que proceda a hacer alguna promoción o publicidad de las
instalaciones o de los certámenes que en las mismas se celebran o puedan
celebrarse.
2.15. Material en promoción
El expositor podrá distribuir, dentro del espacio reservado, cualquier tipo de
muestra, folleto, octavilla e impreso, relativo, exclusivamente, a los
productos, materiales o servicios que tengan expuestos en el stand.
En ningún caso, podrá realizarse propaganda alguna de empresas que no
hayan formalizado su presencia en el certamen.
El material impreso, audiovisual, informático o de cualquier otro tipo que se
distribuya o difunda en cada certamen no podrá apartarse de la temática
general del mismo.
Está totalmente prohibido realizar, en el espacio del propio stand o fuera del
mismo, cualquier actividad, directamente o a través de terceros, que
supongan publicidad o propaganda engañosa o intromisión, menosprecio y
desdén a otras marcas, logos o símbolos ajenos a las del expositor, sea cual
sea el procedimiento utilizado, como reparto de folletos o disfraces en los que
se ridiculice a terceros.
Caso de producirse cualquiera de estas actividades perturbadoras se
incurrirá en responsabilidad que permitirá a la organización del Certamen o
a la Organización, suprimir inmediatamente esas actividades prohibidas
incluso con clausura del stand y, en todo caso con el pago de los daños y
perjuicios que se causaren.
2.16. ObligaciÓn de exposiciÓn
El expositor podrá vender, total o parcialmente, los artículos expuestos en el
stand, respetando, en todo caso, lo dispuesto al efecto por las disposiciones
legales vigentes.
No obstante lo anterior deberán permanecer, en el espacio del expositor
durante los días y horas de celebración del certamen, los artículos en un
principio expuestos por el mismo.
En caso de venta de pequeños productos, que puedan ser sustituidos al
instante por otros de idénticas características, la entrega de los mismos al
comprador podrá realizarse en el acto, procediendo a dicha sustitución en el
stand.
3. TARIFAS Y CÁNONES DE ESPACIOS Y SERVICIOS
3.1. Canon de ocupaciÓn de espacios
El canon de ocupación de espacios es el que figura en el Formulario de
Solicitud en el que se especifica el precio por metro cuadrado para cada uno
de los pabellones del Recinto.
3.2. Derecho del expositor
El canon de ocupación de espacios representa exclusivamente el alquiler del
espacio contratado desde la fecha señalada para el inicio del montaje,
durante la celebración del Certamen y hasta el plazo que se fije para que el
desmontaje quede totalmente terminado.
3.3. Tarifas de servicios
Los servicios prestados al expositor por la Organización, tales como consumo
de energía eléctrica, agua, teléfono, informática, acceso a internet, y los
restantes que puedan ser contratados, serán facturados por Ediciones
Peldaño S. A. o Feria de Zaragoza, de acuerdo con las tarifas vigentes.
Cuando cualquiera de los servicios existentes en la Feria deba ser prestado
directamente al expositor por las compañías suministradoras vendrán
aquellos obligados a suscribir los correspondientes documentos y les serán
facturados de acuerdo con las tarifas vigentes.
El uso de amenizaciones en el stand, así como la difusión de vídeos o
similares, espectáculos, actos musicales y cualquier otra actividad que
devenguen derechos de autor y esté sometida a la Ley de Propiedad
Intelectual requerirá autorización, correspondiendo al expositor solicitarlo de
la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) y pagar las tarifas
aplicables a esas actividades.
3.4. Contratación de servicios
El Recinto está dotado de una red permanente de distribución de servicios de
electricidad, teléfono, agua, desagüe y aire comprimido.
Para efectuar las conexiones necesarias en los stands, el expositor
cumplimentará los cuestionarios de solicitud correspondientes de los
servicios específicos de que dispone el Pabellón o Área de Exposición.
3.5. Seguros
Es obligatoria para el expositor la contratación de pólizas de seguro de daños
materiales de los artículos expuestos y de responsabilidad civil. Ambas serán
contratadas por la Organización y se cargarán al expositor, salvo cuando
acrediten previa y formalmente que ya tienen pólizas contratadas al efecto.
3.6. Otros servicios
El resto de otros servicios que contrate el expositor, no señalizados
anteriormente, tales como, a título enunciativo no limitativo, seguros,
limpieza, montaje de stands, azafatas, vigilancia y seguridad, cartelería,
servicios de catering, etc., dichos serán de cuenta y cargo del expositor y
contratados con las empresas que habitualmente prestan servicios a la Feria.
La solicitud de esos servicios se efectuará por el expositor a la Feria quien
facilitará los datos y condiciones necesarias para proceder a su contratación.
Cualquier otra contratación con terceros que directamente quiera realizar el
expositor necesitará la conformidad y autorización de la Feria a efectos de
tener el debido control en la vigilancia y seguridad del recinto e impedir
incompatibilidades que pudieran darse entre los servicios ya establecidos por
la Feria y/o autorizados a otros expositores.
En cualquiera de los casos corresponderá fijar a la Feria las condiciones,
tanto con las empresas a contratar como con el expositor, en que se podrían
conceder dichas autorizaciones.
4. NORMAS DE SEGURIDAD
4.1. Actividades prohibidas.
Quedan prohibidas en el Recinto cuantas actividades supongan un riesgo de
siniestro o accidente, más allá de las actividades normales de montaje o
desmontaje de stands o maquinaria.
Igualmente queda prohibida la realización de cualquier actividad molesta,
insalubre, nociva, peligrosa o ilícita.
4.2. Vigilancia del Recinto
La Institución cuidará de la vigilancia general del Recinto, bien mediante su
propio personal o con personal de una empresa especializada.
La Institución no se responsabiliza de los daños que se causen en los
vehículos o de la falta de pertenencias existentes en los mismos que
estuviesen aparcados con carácter gratuito.
4.3. Pasillos
Durante el montaje del stand, el material deberá permanecer, con carácter
general, dentro de los límites del espacio del mismo dejando limpios pasillos
y zonas comunes.
El servicio de limpieza queda autorizado para la retirada de los materiales
depositados en pasillos y zonas comunes.
Durante la celebración del Certamen, los expositores deberán dejar dichos
espacios totalmente despejados.
4.4. Servidumbre de seguridad
Se respetará la ubicación del material contra incendios, incluso en el
supuesto de quedar dentro de un espacio contratado.
Asimismo queda prohibido bloquear total o parcialmente los accesos a las
salidas de emergencia y a las áreas de servicios.
5. DECORACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE STANDS
5.1. Canon de montaje
Antes del inicio del montaje del stand, se hará efectivo en la Administración
de la Feria el importe resultante, por canon de montaje, de acuerdo con las
tarifas que figuran en la Carpeta de Servicios.
5.2. Cuestiones generales
La Organización, al objeto de facilitar las operaciones de montaje y
desmontaje de los stands, así como para lograr la mejor conservación de las
instalaciones del Recinto podrá dictar, con carácter general o específico las
normas para la decoración y construcción de los stands que considere de
interés.
6. Pases e invitaciones para expositores
Pases de Trabajo: Todas las personas ajenas al expositor, encargadas de la
realización y montaje del stand deben obtener el Pase de Trabajo que les
permitirá el acceso al recinto, previa presentación de su solicitud, con el
listado de trabajadores, nombre y DNI correspondientes de los montadores en
el departamento de Servicios al Cliente y que será válido únicamente durante
los días de montaje y desmontaje del Salón. Los pases de trabajo serán
entregados en el departamento de Servicios al Cliente a partir del 1er día de
montaje.
Pases de Expositor: Se pondrá a disposición de las empresas expositoras y con
carácter gratuito un número de pases en función de la superficie contratada.
La validez de estos pases será para todos los días de Montaje, Celebración y
Desmontaje del Salón. Los pases de expositor serán entregados por parte del
departamento de la organización a partir del 1er día de montaje a todas
aquellas empresas que en el momento de su retirada hayan saldado su cuenta
con Fira de Barcelona.
6. ASUNTOS JURÍDICOS Y CONTRACTUALES
6.1. Exención de responsabilidad
La Organización no se responsabiliza de las pérdidas producidas en el
material y objetos depositados en cada stand por hurto, robo o daños que
puedan sufrir antes, durante, ni después de la celebración del Certamen.
Tampoco se responsabiliza de los posibles daños causados a las personas
con motivo de la celebración del Certamen, ni de la seguridad y solidez de los
stands y sus instalaciones fijas o móviles.
6.2. Nombre o razón social
El nombre o razón social que figuren en el stand deberá ser el mismo que
conste en el formulario de solicitud de participación, salvo casos
excepcionales expresamente autorizados por la Organización.
6.3. Dimensiones de los stands
Las dimensiones de los stands serán las que figuren en el documento de
solicitud de participación presentado por el expositor.
6.4. Ocupación del espacio
Los expositores dispondrán del espacio contratado el primer día de montaje
designado por la Feria, momento desde el cual podrán comenzar el montaje
del stand. El stand deberá estar totalmente montado 24 horas antes de la
inauguración del certamen.
El desmontaje de los stands no podrá ser iniciado antes de las horas y fechas
señaladas por la Feria.
6.5. Información estadística
Los expositores facilitarán a la Organización los datos que sean necesarios
para formular las estadísticas oportunas.
6.6. Personal a cargo del expositor
Tanto el expositor, como las empresas que intervengan en el montaje y
desmontaje de los stands, o cualquier otra que contratada por el expositor,
pudiera realizar su actividad dentro del recinto ferial, deberán estar al
corriente en el pago de seguros sociales, impuestos y demás obligaciones
laborales y fiscales previstas en la legislación vigente, así como cumplir con
lo establecido en materia de prevención de riesgos laborales, declinando la
Organización cualquier responsabilidad en caso de incumplimiento de las
mismas.
6.7. Obligaciones del expositor
Sin perjuicio de otras obligaciones contempladas en las presentes Normas, el
expositor está obligado a:
. • Mantener limpio su stand.
. • Tener listo el stand a la hora de apertura del Certamen.
. • Dejar el espacio en el mismo estado en que lo recibió.
6.8. Desconvocatoria o suspensión
Si por causas imputables a la Organización el Certamen fuera desconvocado,
los expositores tendrán derecho a la devolución de las cantidades entregadas
hasta dicho momento, sin derecho a indemnización alguna.
Se considera que no es causa imputable a la Organización, la
desconvocatoria o suspensión, temporal o definitiva y total o parcial, del
Certamen por razones de caso fortuito o fuerza mayor, entendiendo como
tales, además de las definiciones al uso, otras con origen en terceros, tales
como huelgas, cortes de suministros de agua y electricidad, o casos de
similar gravedad. Igualmente se considera fuerza mayor cuando la velocidad
del viento sea tal que aconseje la suspensión del certamen, en aras de la
seguridad de las personas y de las cosas.
En caso de fuerza mayor, las fechas de cada certamen podrán ser
modificadas o su celebración anulada, en cuyo caso la Organización declina
toda responsabilidad, viniendo obligada única y exclusivamente a la
devolución de las cantidades percibidas en concepto de alquiler de la
superficie o stand, pudiendo retener a los expositores hasta el 25% del precio
pagado por el stand como compensación por los gastos generales de
organización. En caso de que la suspensión se debiese producir una vez
inaugurado el certamen, no se devolverá el importe abonado.
7. DISPOSICIONES FINALES
7.1. SumisiÓn a las normas de participaciÓn
Todo expositor, por el mero hecho de su inscripción, da por conocidas y
aceptadas las presentes Normas Generales.
7.2. I. V. A.
Todas las facturas emitidas por la Organización al expositor vendrán
incrementadas por el porcentaje vigente correspondiente al Impuesto por el
Valor Añadido.
7.3. Normativa legal
Para los extremos no previstos en estas normas serán de aplicación las
disposiciones pertinentes de orden sustantivo reguladoras de la actividad
objeto de estas Normas y disposiciones de los Códigos de Comercio y Civil.
7.4. Serán competentes para conocer cuantas incidencias deriven de la
convocatoria o celebración del Certamen los Tribunales de Justicia de
Zaragoza.
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